RETRASO O CANCELACIÓN DE VUELO O DENEGACIÓN DE EMBARQUE

¿Habéis sufrido denegación de embarque, cancelación o retrasos aéreos? ¡Reclamad la indemnización que os corresponde!

 

¿Qué hacer en caso de denegación de embarque, cancelación de vuelo o retraso aéreo?

Si os deniegan el embarque al avión contra vuestra voluntad, si la compañía cancela vuestro vuelo sin avisaros con suficiente antelación o si vuestro vuelo se retrasa más de dos horas en vuelos de corta distancia o más de cuatro horas en vuelos de larga distancia, y vuestro vuelo sale desde un aeropuerto de la Unión Europea o tiene destino a territorio de la Unión Europea, seguramente tenéis derecho a recibir una compensación por parte de la compañía aérea.

Las únicas circunstancias en que la compañía aérea no tiene la obligación de compensar a los pasajeros es cuando la cancelación del vuelo o su retraso se deben a circunstancias extraordinarias, tales como condiciones climáticas extremas.

 

¿Por qué motivos se puede reclamar?

Retraso: Si el vuelo se retrasa más de 3 horas, tenéis derecho a reclamar una indemnización que va de los 250 euros hasta los 600 euros por pasajero, así como a solicitar asistencia, alimentación, alojamiento y un transporte alternativo.

Denegación de embarque por sobrereserva (Overbooking): Si no os han informado con un mínimo de 14 días de antelación (y siempre que no haya ninguna causa de fuerza mayor), tenéis derecho a reclamar una indemnización que va des de los 250 euros hasta los 600 euros por pasajero, así como a solicitar asistencia, alimentación, alojamiento y un transporte alternativo.

Cancelación: Si no os han informado con un mínimo de 14 días de antelación de que el vuelo ha sido cancelado (o incluso, si han avisado por correo electrónico y no lo habéis abierto antes de los 14 días del plazo), tenéis derecho a reclamar una indemnización.

Otras situaciones para tener en cuenta son las relativas a la pérdida de un vuelo de conexión por retrasos o a incidencias con el equipaje.

En el caso de pérdida de un vuelo de conexión por retrasos, los derechos varían en función de si todos los vuelos forman parte de un mismo billete o si las reservas se han hecho por separado. Sólo si todos los vuelos son parte del mismo contrato tendréis derecho a un nuevo vuelo que os lleve al destino o a la devolución de la parte proporcional, mientras que si los vuelos forman parte de reservas hechas de forma independiente ninguna compañía estará obligada a hacerse cargo de posibles pérdidas de vuelos debidas a retrasos anteriores.

En el caso de incidencias con el equipaje, ya sea por daños y deterioros, entrega con retraso o por perdida del equipaje, tenéis derecho a recibir una compensación por parte de la compañía aérea que puede llegar hasta los 1.131 DEG (aproximadamente, 1.400 €). Encontrareis más información sobre reclamaciones por incidencias con el equipaje en nuestro próximo artículo.

 

¿Qué se puede reclamar?

La indemnización va des de los 250 euros hasta los 600 euros por pasajero, en función de esta escala:

  1. 250 € para vuelos de hasta 1.500 km
  2. 400 € para vuelos entre 1.500 km y 3.500 km
  3. 600 € para vuelos de más de 3.500 km (vuelos extracomunitarios)

Compensacion

Además de esta compensación económica, los pasajeros tienen derecho a recibir, de forma gratuita:

  1. Comida y bebida (agua y refrescos) suficientes
  2. Alojamiento en un hotel (cuando sea necesario pernoctar)
  3. Transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento (sea un hotel o otro lugar)
  4. Dos llamadas telefónicas, mensajes de fax o de correo electrónico

Sufrido el retraso o la cancelación, es importante que conservéis el billete de avión i la tarjeta de embarque, así como cualquier recibo, factura o justificante de pagos que hagáis realizado por manutención, alojamiento, transporte, llamadas telefónicas, etc. También es conveniente solicitar un justificante escrito a la compañía aérea de les causas del retraso o cancelación, así como del horario real en los casos de retrasos.

 

Nuestra experiencia y resultados

Si habéis sufrido denegación de embarque, cancelación o retraso aéreo y no sabéis que hacer, en Roig & Roig Economistes – Advocats – Auditors revisamos vuestro caso, os indicamos si vuestro vuelo es reclamable o no, así como os informamos de la indemnización que os corresponda. Nos ocupamos, también, de hacer la reclamación judicial de esta indemnización, así como de analizar si hay otros conceptos por los cuales también podáis reclamar (por ejemplo, pérdida de equipaje o daños morales).

Si queréis revisar sentencias de procedimientos reales en que Roig & Roig Economistes – Advocats – Auditors ha intervenido consiguiendo indemnizaciones por retrasos aéreos, no dudéis en contactarnos y os enviaremos de manera gratuita y sin compromiso.

 

Documentación necesaria

  • Billete de avión.
  • Tarjeta de embarque.
  • Recibos o facturas o justificantes de pagos (alimentación, alojamiento, transporte).

 

En Roig & Roig Economistes – Advocats – Auditors analizamos de forma gratuita la reclamación de vuestro vuelo y la indemnización que os corresponde.

 

 

Mariona Roig Rosselló

Abogada

Si conseguimos que la compañía aérea reconozca vuestros derechos, conseguiréis la cantidad reclamada menos los siguientes honorarios: 25% de la indemnización recibida (+IVA) + 25€ de gastos de gestión (+IVA). Para más información, podéis consultarnos aquí.